CCOO en defensa
del empleo público de calidad en la Administración de Justicia
CCOO VUELVE A
SOLICITAR AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS CON
COMPETENCIAS TRANSFERIDAS:
q UNA
OFERTA EXTRAORDINARIA DE PROMOCIÓN INTERNA QUE
RECUPERE EL 50% DE TODAS LAS PLAZAS VACANTES
q LA
CONVOCATORIA EN 2017 DE UNA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO QUE CONTENGA LA TOTALIDAD
DE LAS PLAZAS VACANTES Y DE LAS PLAZAS DE REFUERZO ESTRUCTURALES
CCOO
HEMOS SOLICITADO POR ESCRITO:
1.-
CONVOCATORIA DEL 100% DE LAS PLAZAS VACANTES
q CCOO exige la convocatoria en Oferta de Empleo Público
de la totalidad de las plazas vacantes en las plantillas y RPTs, estén
cubiertas o no por personal interino o por cualquier otro sistema de provisión,
y de todas y cada una de las plazas ocupadas por personal de refuerzo
estructurales, que se incorporarán previamente a las plantillas orgánicas.
2.-
50% DE TODAS LAS VACANTES PARA PROMOCIÓN INTERNA
q CCOO exige la convocatoria extraordinaria de pruebas de
acceso por el turno de promoción interna para
recuperar el 50% de las vacantes en todos los cuerpos, incluido el de
Letrados de la Administración de Justicia, incrementando, en su caso, las que
no sean cubiertas las plazas del turno libre.
3.-
EL CONCURSO-OPOSICIÓN COMO SISTEMA DE ACCESO
q CCOO exige la convocatoria de las pruebas de acceso,
también para el turno libre, mediante el sistema de concurso oposición, con una
fase de oposición en la que la superación de los exámenes se haga con el 50% de
la puntuación máxima y con una fase de concurso con el 45% de la puntuación total en la que se valore la
experiencia previa, máximo establecido por el
Tribunal Constitucional.
4.-
CUERPOS DE MÉDICOS FORENSES Y ESPECIALES DE INSTITUTO NACIONAL DE
TOXICOLOGÍA
q CCOO exige la convocatoria inmediata y sin modificación
de los temarios de las pruebas de acceso a los cuerpos de Médicos Forenses (OEP
2015) y de los cuerpos Especiales del Instituto Nacional de Toxicología y
Ciencias Forenses (OEP 2015 y 2016 acumuladas), incluyendo
las plazas de promoción interna.
Entendemos
que la concreción de estas solicitudes y el posible acuerdo, en su caso, deben
llevarse a cabo en el seno de la Mesa Sectorial de Negociación cuya
convocatoria también hemos solicitado.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha
dictado diversas sentencias con arreglo a las cuales declara que el Derecho de la Unión se opone a la norma nacional que permite la
renovación de nombramientos temporales para atender necesidades temporales en
materia de personal, cuando estas necesidades son en realidad permanentes, por contravenir el
Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de
marzo de 1999, que figura anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28
de junio de 1999.
En lo que atañe a la Administración de
Justicia, tanto en el ámbito no transferido, de la responsabilidad del
Ministerio de Justicia, como en el transferido, gestionado por las Comunidades
Autónomas en lo referente a determinados cuerpos de funcionarios, se da la situación
proscrita por la citada Sentencia, en tanto que existe un elevadísimo
porcentaje de puestos de trabajo atendidos por funcionarios interinos que
atienden necesidades de empleo estructurales, permanentes y estables; por lo
tanto, el Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias transferidas,
incumplen el dictado de la sentencia y, por ende, la Directiva 1999/70/CE y su
anexo, y vienen obligados, con carácter inmediato, en virtud del principio de
aplicación directa del fallo de la sentencia del Tribunal Europeo en el
ordenamiento jurídico interno de los países miembros de la Unión Europea, a
adoptar las medidas y mecanismo necesario, en orden a cubrir con personal funcionario de carrera los puestos de trabajo de
las plantillas y también los desempeñados por personal interino de refuerzo que
atienden necesidades estructurales y permanentes.
CCOO
hemos venido exigiendo que las convocatorias de Ofertas de Empleo
Público incluyan la totalidad de las plazas vacantes y también de aquéllas de
refuerzo que se han demostrado estructurales, previa incorporación a las
plantillas, además de que se garantice la promoción
profesional recuperando el 50% de las plazas para la promoción interna.
Siempre hemos entendido
que los puestos de trabajo estructurales tienen que estar ocupados por personal
titular, reservándose el nombramiento de interinos y otros sistemas
extraordinarios de provisión de puestos para cubrir las ausencias de su titular
hasta la siguiente OEP.
La tradicional e
incomprensible exclusión en las OEP de la Admón. de Justicia de un elevadísimo
número de plazas vacantes y de cientos de refuerzos que se han demostrado
estructurales ha impedido la normalización de esta situación que viene ahora
además reprochada por las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que confirman y
avalan las peticiones que desde CCOO
venimos realizando en este sentido y que exigen al Reino de España la
asignación de trabajadores fijos a los puestos de trabajo estructurales que, en
el caso de los empleados públicos y para conjugar los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función
pública, solo puede llevarse a cabo mediante la convocatoria de Ofertas
Públicas de Empleo con la totalidad de las plazas vacantes.
Además, y como ya hemos
manifestado en reiteradísimas ocasiones, no existe ninguna razón económica de
control de gasto público que justifique la situación actual en la que la
inmensa mayoría de los puestos vacantes no cubiertos por titulares lo están por
personal interino no produciéndose ningún ahorro para las arcas públicas.
El efecto que ha
producido esta insuficiencia de plazas convocadas en anteriores OEP es un
altísimo nivel de empleo precario en la Administración de Justicia (con niveles
insoportables de más del 50% en territorios como Cataluña, Baleares o
Canarias), con personal interino que ha
mostrado de sobra su capacidad para los puestos de trabajo desempeñados, que
debe serle reconocida en sus aspiraciones de obtener una plaza como funcionarios
de carrera. Conjugar los principios mencionados de igualdad,
mérito y capacidad es el objetivo que, por tanto, perseguimos formulando
nuestra propuesta de que sea el concurso-oposición
el sistema de acceso para las sucesivas convocatorias,
con los límites establecidos por las sentencias del Tribunal Constitucional en
cuanto al porcentaje que sobre la puntuación total puede darse a la experiencia
previa como funcionario interino y valorando de forma equilibrada la fase del
concurso de méritos en relación a la fase de oposición, estableciendo la nota
de corte de todos los ejercicios de la oposición en el 50% de la nota máxima
posible.
Para los casos de los cuerpos de Médicos Forenses y Especiales del INT
(en este caso tanto en los procesos del turno libre como en los de promoción
interna), para las personas aspirantes la situación ya se está haciendo
especialmente insoportable. Para los primeros estamos aun a la espera de la
convocatoria de la OEP de 2015 y, para los segundos las convocatorias de las ofertas
acumuladas de 2015 y 2016 no pueden hacerse esperar más por lo que exigimos su
convocatoria inmediata.